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MODIFICACIONES FISCALES.
Publicado el 23/08/2012
El Real Decreto Ley 20/2012 de 13 de julio, aprobo una serie de medidas fiscales que suponen un cambio de tributación, cuyos efectos prácticos en el ámbito de los protesicos dentales, es el siguiente:
IVA
Modificación de tipos:
.- Con carácter general el tipo reducido del 8% pasa a ser del 10% a partir de 1 de septiembre de este año y el tipo general pasa del 18% al 21 desde la misma fecha.
.- Como algunos bienes y servicios gravados a tipo reducido pasaran a gravarse al general, a partir del próximo día 1 de septiembre, a continuación detallamos los que afectan a los protesicos dentales:
La asistencia sanitaria, dental y curas termales, que no gocen de exención de acuerdo con el artículo 20 de esta Ley(20.uno.5º), pasa del 8% al 21%.
IMPUESTO SOBRE LA RENTA DE LAS PERSONAS FISICAS
Retenciones e ingresos a cuenta:
Para aquellos que realicen la actividad de manera profesional y tengan sus rendimientos sujetos a retención, el porcentaje pasa, desde el próximo día 1 de septiembre y definitivamente del 15% al 19%, pero transitoriamente, desde el 1 de septiembre próximo y hasta el 31 de diciembre de 2.013, será del 21% y para los contribuyentes que por diversos motivos (P.E. los dos primeros años de inicio de la actividad) tuviesen una retención del 7% pasa al 9%.
Esperamos que dicha información les permita un mejor conocimiento de la situación a partir del proximo dia 1 de septiembre.
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