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RESOLUCIÓN COMISIÓN NACIONAL DE LA COMPETENCIA
Publicado el 18/01/2013


 El Consejo de la Comisión Nacional de la Competencia, dicto en fecha de 9 de enero de 2.013 resolución en el expediente sancionador S/0299/10 incoado al Consejo General de Colegios Oficiales de Odontologos y Médicos Estomatólogos de España, imponiendo una sanción de 200.000 euros por la infracción declarada en el artículo 1 de la Ley 15/2007 sancionando las actuaciones llevadas a cabo por los Colegios Provinciales Profesionales y entre los dentistas consistentes en promover y difundir que los pacientes no pueden elegir libremente al protésico dental y ello supone una conducta restrictiva de la competencia. La libertad de elección del protésico es otorgada por Ley. Se considera que el Consejo General de Odontologos incurre en actos desleales de confusión y engaño mediante campañas publicitarias con el fin de limitar la libertad de elección de los pacientes.

Se impone en la misma resolución al Consejo General una multa por importe de 150.000 euros por cometer una infracción del artículo 1 de la Ley 15/2007 al establecer honorarios recomendados. 

Se impone la obligación del Consejo General de Odontologos y Médicos Estomatólogos de comunicar la resolución a todos los Colegios que lo integran, con el fin de contribuir a la efectiva cesación de la conducta y al mismo tiempo se establece un control de dicho cumplimiento por la Dirección de Investigación de la Comisión Nacional de la Competencia, debiendo acreditar el cumplimiento de las obligaciones impuestas.

Esta resolución es fruto de la denuncia presentada el día 27 de septioembre de 2.010 por el Consejo General de Colegios de Protesicos Dentales de España.

Es un paso adelante en la defensa de los intereses profesionales evitando conductas de abuso injustificado y dignificando la labor que como profesional sanitario desarrollan los protésicos dentales.

 En proximas fechas se publicara la resolución integra dictada por la Comisión Nacional de la Competencia.

 

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