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SENTENCIA SOBRE COMPETENCIA DESLEAL
Publicado el 09/01/2015


- El Juzgado de lo Mercantil nº 1 de Santa Cruz de Tenerife dictó Sentencia en fecha de 7 de Julio de 2014 que sigue la Doctrina y Jurisprudencia del Tribunal Supremo que faculta a los pacientes para establecer relación negocial directa con los Protésicos Dentales, sin someterse , de manera necesaría , a una actuación del Dentista que vaya más allá de lo que le corresponde , desde una pespectiva Sanitaria. La sentencia condenó a un odóntologo por negarse a entregar a un paciente la prescripción de una protésis para que pudiera elegir al protésico Dental de su confianza. Dicha negativa supone una infracción a la Ley General de Sanidad y la reguladora de la autonomia del paciente. En la misma sentencia se condena al colegio de Odontólogos por informar a sus Colegiados en el sentido de que las prescripciones de Protesis Dentales no deben ser entregadas a los pacientes y que la libre elección de Protésico Dental por parte del paciente deben estar condiciona por el Odóntologo . Ambas conductas infringen el Árticulo 1 de la Ley 15/2007 de 3 de Julio, de Defensa de la competencia. 

 

 

 

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